Fonseca presentó pedido de juicio político ante el Jurado de Enjuiciamiento por el caso Lucio Dupuy.

Posted by sfonseca - 7 julio, 2023 - Novedades - No Comments

La diputada Sandra Fonseca, representante del bloque  de Comunidad Organizada, presentó ante el
Jurado de Enjuiciamiento de la provincia el pedido de juicio político a Sergio
Ziliotto por el caso Lucio Dupuy.

Como fue informado oportunamente con posterioridad  a la sentencia judicial  emitida el 2 de febrero de 2023, atribuyendo
responsabilidad penal a las dos personas que torturaron, violaron y asesinaron
a Lucio Dupuy , la legisladora Sandra Fonseca, formalizó la presentación del
pedido de Juicio Político a Sergio Ziliotto en su carácter de Gobernador y a
Diego Álvarez en su carácter de Ministro de Desarrollo Social de la provincia
de La Pampa.

En la misma resolución judicial expresamente se consignó que todo
el Sistema de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes como así
también la Convención de Derecho del Niño había sido absolutamente pisoteado en
este caso.

La responsabilidad principal del cumplimiento de dicho Sistema
legal, Ley N° 2.703 vigente hace 10 años en La Pampa, corresponde al
gobernador.

En la presentación que realizó Fonseca se consignaron  específicamente varios incumplimientos, entre los
que se pueden destacar:

Primero: no tener funcionando la unidad de atención primaria
en la ciudad de Santa Rosa, donde ocurrieron los hechos.

Segundo: no tener conformado en ese esquema los equipos
técnicos profesionales correspondientes.

Tercero: no tener línea telefónica permanente exclusiva para
llamados respecto a  niñez.

Cuarto: no haber dispuesto partida presupuestaria año tras
año para la Ley N° 2.703 y por lo tanto haberla dejado derogada dicha
legislación -como dice la Constitución de La Pampa-.

Dicha
presentación, en forma casi inmediata fue rechazada in limine por los
diputados/as que integran la Sala Acusadora, cuya Presidenta es Alicia Mayoral
como así también por los integrantes de la aparente oposición, Francisco Torroba
y Laura Trapaglia y que hasta el día de hoy niegan tanto a la comunidad, como a
la presentante Sandra Fonseca, cuales habrían sido los supuestos fundamentos
para impedir la realización de Juicio Político a Ziliotto como Gobernador y a Álvarez
como Ministro.

Cabe
destacar que paralelamente el mismo día de emisión de fallo judicial – 2 de
febrero- una vez que el abogado Aguerrido actuante en el  juicio,por parte
de los padres y el abuelo, dijo que “La Pampa era una provincia
institucionalmente sana y que algún Diputado inicie el reclamo institucional
contra la jueza de Pico que cedió la tenencia del niño a la madre biológica”. En
forma inmediata y en pocas horas, tanto el bloque oficialista como de la
oposición, presentaron el pedido estipulado de enjuiciamiento contra la
nombrada magistrada judicial Pérez Ballester. Lo cual ahí se hizo con extrema
rapidez y con un amplio y permanente despliegue informativo de los medios de
prensa ligados directamente al Gobierno con paralelo censura total de la
presentación de juicio político a Ziliotto.

Es
importante destacar que,  el jurado de
enjuiciamiento es un sistema por el cual se juzga la conducta de integrantes del
Poder Judicial y el juicio político es un sistema respecto a otros
funcionarios, gobernador, Ministros y otros.

En el
caso de Lucio Dupuy con distintos esquemas fundamentalmente hablando desde el
ámbito POLITICO y también dentro del mismo juicio penal, se está impidiendo la
investigación para descubrir la verdad de funcionarios políticos y de la
responsabilidad penal, como es hasta el día de hoy;  tampoco ni  los mismos representantes del abuelo y el padre
han pedido la investigación penal a los funcionarios públicos.

Días
pasados la Diputada Fonseca puso en formal conocimiento a los integrantes del
jurado de enjuiciamiento – que trata el tema de Pérez Ballester- de los
elementos referidos al juicio político que hasta el día de hoy están siendo
ocultado por los Diputados.

Incluso
la nota fue presentada también al Consejo de la Magistratura provincial con
fecha 23 de Junio de 2023 y el Jurado de Enjuiciamiento en fecha 26 de Junio de
2023. 

Se vuelve a reproducir íntegramente el texto de los sendos pedido de Juicios Políticos arriba indicados.

Santa Rosa, 26 de Junio de
2023.-

Al Jurado de
Enjuiciamiento

La Pampa

S __________/___________D

En mi
carácter de diputada provincial por el

partido político Comunidad Organizada,
dirijo la presente a fin de  remitir el
texto completo sobre el pedido de juicio político que formulé respecto al Sr. Ziliotto,
Sergio en el cargo de Gobernador de la provincia de La Pampa; dejando
constancia que en forma simultánea esa misma nota fue entregada en sede del
Poder Ejecutivo provincial para conocimiento del Sr. Ziliotto en el caso que
tuviese la disposición de expresar a la población pampeana las situaciones
referidas a todo el contexto que generara la situación de sufrimiento, abuso,
tortura y muerte del niño Lucio Dupuy.

Desde
ya  informo, que a las pocas horas

de la presentación del pedido de
juicio político del nombrado Ziliotto,  la denominada Sala Acusadora integrada
por Mayoral Alicia;    MONTES DE OCA César O; BEILMANN Oscar A;  partido radical TORROBA Francisco J.; y  grupo PRO TRAPAGLIA  María L; Suplentes: CAIMARI Lilia A.; LARRETA
María ;  GARCÍA María A. y TRABA Matías
F., con la salvedad que estos dos denominados bloques no se corresponden con lo
que se presentó ante el pueblo en la elección del año 2019 donde solamente hubo
un frente que resultó con la mayor cantidad de votos denominado Fre.Ju.Pa , el
segundo denominado Cambiemos y el tercero Comunidad Organizada que represento;
las particiones  que fueron posterior  a la
participación del pueblo al emitir el voto.

Entendiendo
que es necesario el

conocimiento por parte de quienes
pretendan y ansíen desde ese ámbito institucional llegar  a la verdad en términos de las competencias
inherentes al enjuiciamiento y no caer en un mera maniobra distractiva o como
en estos tiempos se denomina de una operación política , es que entiendo
necesario poner en conocimiento del pedido de juicio político a Ziliotto que
enumera específicamente las causales constitutivas en nuestra consideración de
incumplimiento de las obligaciones inherentes al cargo de Gobernador en lo que
atañe al Sistema de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes que rige
en La Pampa por la ley provincial N° 2.703 y que a principio de este año
cumplió 10 años de vigencia, operativizando también la ley nacional de
protección  N° 26.061 en sus artículos
primero a cuarenta y uno.

Hago
mención  que con posterioridad

a conocerse la tragedia a nivel público,
se produjo una movilidad político institucional para generar la denominada ley
Lucio y que días pasados fuera tratada en la Cámara de Diputados de La Pampa ,
oportunidad en la cual volví a manifestar la necesidad que el principal responsable
de cumplir y hacer cumplir las leyes en la provincia tal el mandato
constitucional para el Gobernador, responda en el juicio político y que al día
de hoy todavía se mantiene totalmente ocultos los votos o supuestos fundamentos
que habrían producido para el inmediato impedimento del trámite del juicio
político.

En
forma reiterada y por forma instrumental

he solicitado dar a conocimiento
dichos fundamentos en virtud de tratarse esa como todas las actuaciones en el
ámbito público administrativa en la provincia de La Pampa , norma jurídica de
facto Nº 951 de carácter público, excepto los que por resolución fundada se
hayan declarado reservado o secreto.

En la
resolución judicial de atribución de

responsabilidad penal de fecha 2 de
febrero del corriente, se consignó entre sus fundamentos en el voto emitido por
uno de los integrantes de ese tribunal Sr. Alié, Andrés – con la posterior
adhesión de los otros dos integrantes, Ongaro, Alejandra y Zamora, Daniel ,  expresamente lo siguiente:  … “LA
LEY 26.061 DICE QUE LAS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES TIENEN DERECHO A LA
PROTECCIÓN DE SU INTEGRIDAD FÍSICA, SEXUAL, PSÍQUICA Y MORAL. TODO ESO FUE PASADO
POR ENCIMA
”… Esta expresión pone de manifiesto inequívocamente que en el
proceso judicial quedó en evidencia el total incumplimiento de las normas de
protección integral, que obviamente el Tribunal no se las está achacando a las
2 perversas “denominación que surge de los dictámenes periciales obrantes en el
expediente y reproducidos en la resolución judicial”,  sino a los órganos institucionales
correspondientes. Pero pese a ello, un participante en dicho juicio, en rol
formal de abogado del padre y abuelo de Dupuy Lucio, el Sr. Aguerrido, Mario  ni bien se leyó esa resolución y ante la prensa
provincial y externa de La Pampa manifestó, “La Pampa es una provincia institucionalmente sana y  de los 30 diputados alguno debe iniciar el
enjuiciamiento a la jueza de General Pico que le dio a Lucio a las dos personas
juzgada
s”;  a pocas horas, una
integrante del bloque oficialista , Mayoral Alicia , manifestó “ que ya mismo iban a presentar el pedido de
enjuiciamiento de la jueza de Pico Pérez Ballester”
y a las pocas horas
también desde otros ámbitos de la aparente oposición  política, se manifestó exactamente lo mismo concretándose
entonces las presentaciones que generaron el jurado de enjuiciamiento a la Sra.
Jueza Pérez Ballester. En definitiva, se trata de una operadora intermedia del Sistema
de Protección Integral.

Que
sin perjuicio del enjuiciamiento

institucional que correspondiere a la nombrada, es insoslayable que el
principal obligado al cumplimiento del Sistema de Protección Integral –  que estaba y está en el cargo de Gobernador Ziliotto-
, responda también institucionalmente y por las expresas causas que en forma
manifiesta surge el incumplimiento de las obligaciones necesarias para la
implementación del Sistema de Protección; tales como la inexistencia de la Unidad
Local en Santa Rosa , la inexistencia de equipos técnicos por ende
profesionales para esa Unidad, la organización conjunta con el Municipio , en
este caso de Santa Rosa donde ocurrieron los hechos, la inexistencia de
partidas presupuestarias en el presupuesto provincial para la ley N° 2.703 , la
inexistencia de la línea telefónica obligatoria por la misma ley, la inexistencia
de capacitaciones a los operadores institucionales de todos los ámbitos,
protocolos de actuación conjunta , la absolutamente inexistencia de información
pública a los fines de viabilizar el conocimiento de la sociedad para de esa
manera ampliar la protección en términos de la denuncia en tanto expresas como
anónimas de la ciudadanía. Esos y otros aspectos más que con una simple
constatación se demuestra el incumplimiento, es lo que indudablemente fue
querido tapar y así se señala con el impedimento de juicio político del Sr.
Ziliotto; como entiendo yo que con este procedimiento y que en definitiva
determine que la única responsable en operadora intermedia , que en definitiva
homologa un convenio , según consta en el expediente en la causa judicial entre
la persona tía política  Hidalgo Leticia,
quien  tenía la guarda legal con fines de
adopción del niño , con la denominada perversa en el rol de madre biológica de Dupuy
Lucio.

Por
lo tanto, entrego este documento

manifestado que se ha solicitado ante
la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, la recopilación de elementos
respecto a los incumplimientos de operadores del Sistema de Protección Integral
y esto realizado a los pocos días de conocida la tragedia en diciembre del
2021. Asimismo y con posterioridad al dictado de la resolución judicial arriba
mencionada , se ha solicitado formalmente al Ministerio Público Fiscal -quien constitucionalmente
deberían representar a la sociedad en el proceso penal- la investigación a los
fines de determinar la eventual existencia de delito de acción pública
perpetrado por funcionarios públicos, incluso porque en el mismo juicio quedó
demostrado que desde el Poder Ejecutivo provincial tuvieron conocimiento
directo de la situación de Lucio a través de una funcionaria Directora de la Secretaria
de Derechos Humanos. Sra. Inchaurraga Ana,  
también desde el Municipio de Santa Rosa 
a través de una operadora o trabajadora social, siendo esto probado en
el proceso penal exclusivamente seguido a las dos perversas – se reitera
catalogación de la pericia psiquiátrica-  y no a ninguno hasta el presente de los responsables
institucionales de cumplir y hacer cumplir el Sistema de Protección Integral de
Niños, Niñas y Adolescentes; y que obviamente responde al principio de
efectividad consignados en su mismo texto en el sentido de la plena vigencia
operativa de todo su contenidos y de ninguna manera una pseudo-aplicación
progresiva , dilatoria o como ha ocurrido con la tragedia de Lucio, es muy
posible que los hechos acaecidos a partir que estuvieron en esta ciudad podrían
haberse evitado en términos de un funcionamiento pleno del mencionado Sistema.

Corresponde
señalar también, que el texto

completo de pedido de  juicio
político tanto a  al Ziliotto como Gobernador
, y a Álvarez Diego,  como ocupante del
cargo de Ministerio de Desarrollo Social,  fue dado a conocer públicamente a través de un
comunicado de prensa distribuido en todos los medios la provincia;  como así también  el texto completo de ambas presentaciones
todo censurado con honrosas excepciones y ello así porque ustedes como
integrantes de esta institución conocerán que en la provincia de La Pampa había
 manipulación a través de la propaganda
oficial, que es la utilización del dinero público del Estado para el
sometimiento de la población a través de empresas de prensa , han realizado la
total censura y cancelación de esta información. Contrariamente a ello, desde
la misma presentación del pedido de enjuiciamiento que ustedes están
desarrollando, se da una permanente y amplia información, divulgación  porque indudablemente forman parte del intento
que todo reclamo institucional de carácter institucional político dejar
centrado en este jurado de enjuiciamiento y así tratar de concretar la elusión
de responsabilidad por omisión  u omisión
impropia del sr. Ziliotto como principal responsable. 

Quedo
a disposición de ese estamento

Institucional, para cualquier
ampliación que esté en mis posibilidades de conocimiento y de análisis sobre el
tema de niñez – el cual me he dedicado toda mi vida y particularmente en mi trabajo
como diputada  provincial-  y en este caso fundamental,  ante esta terrible tragedia de sufrimiento
para el pueblo pampeano y casi todo el pueblo de la Nación Argentina; en dicho
sentido se adjunta en copia la documentación mencionada.  

            Saludo a usted atte.