LA LEY DE AGROQUÍMICOS NO SE PUEDE REGLAMENTAR PORQUE ZILIOTTO NO CUMPLIÓ CON LA OBLIGACIÓN DE HACERLO EN EL PLAZO LEGAL
Tal como lo manifestó Comunidad Organizada en un comunicado el día 22 de Octubre de 2024, la ley provincial N° 3.288 para ser aplicada requiere de la reglamentación. La misma debía ser cumplimentada por el Poder Ejecutivo Provincial en un plazo de 120 días desde su promulgación. Han trascurrido varios años sin cumplir por parte del Sr. Sergio Ziliotto dicha obligación.Las reuniones que se están convocando desde la casa de gobierno a un supuesto Consejo Consultor, el mismo no tiene por la ley (art. 24, cap. 5°) las facultades y competencias para reglamentar la ley. Es solamente un Consejo Asesor en materia de plaguicidas, por lo tanto, y en conocimiento que las invitaciones que se están cursando desde el Poder Ejecutivo, se consigna que el objetivo de las reuniones es preparar el decreto reglamentario, se alerta a las personas de los distintos organismos y/o a nivel personal y/o colegios y/o instituciones nacionales incluso, eso no puede ser realizado hasta tanto el tema vaya a la Cámara de Diputados para su tratamiento en los términos del art. 81 inc. 3 de la Constitución de La Pampa. Ningún decreto reglamentario se puede generar porque está totalmente vencido el plazo para hacerlo y eso ha impedido la aplicación incluso de la ley.Si el Sr. Ziliotto persiste en su actitud confucionista y utilización de personas e instituciones y llegará a perpetrar un acto administrativo inválido, reglamentado esa ley, quedaría instantáneamente en curso en una causa de mal desempeño para dirimir en un juicio político.
28 de Octubre de 2024.