Infancia y Adolescencia a la Intemperie en La Pampa
Breve extracto del Documento Infancia y Adolescencia a la Intemperie, Aportes para una política pública de restitución y ampliación de derechos, publicado por la Diputada Sandra Fonseca (2011).
«…Ningún sistema de real protección es posible sin inversión. Consideramos necesario el incremento y mejoramiento cualitativo de los niveles de inversión destinados a la infancia y a la adolescencia para:
– Financiar Programas de promoción y protección de Derechos.
– Mejorar estructural, técnica, funcional y presupuestariamente espacios de contención, deporte, recreación y cultura destinados a niños, niñas yadolescentes (Clubes, Polideportivos, Canchas, Escuelas de arte, Escuelas musicales, entres otros).
– Crear nuevos clubes barriales, salones de usos múltiples, centros culturales, pistas y canchas para la práctica de actividades deportivas, y escuelas demúsica destinadas a niños, niñas y adolescentes. Priorizando los barrios conmayores niveles de pobreza.
– Financiar la creación y funcionamiento de espacios de apoyo escolar -autónomos y descentralizados – para el mejoramiento de la educación popularde niños, niñas y adolescentes que tengan dificultades de aprendizaje y/o bajorendimiento escolar, priorizándose la atención de aquellos que viven en hogares empobrecidos.
– Capacitación y afectación de recursos humanos en materia de estrategias deprevención primaria de la salud dirigidas especialmente a niños, niñas yadolescentes.»
«El Comité de los Derechos del Niño (1991), órgano de expertos independientes quesupervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, aconseja alEstado parte, que: “… forme un mecanismo independiente y eficaz conforme con losPrincipios de París vinculados con la condición de las instituciones nacionales para lapromoción y protección de los derechos humanos (resolución de la Asamblea General48/134), ya sea como parte de una Institución Nacional de Derechos del Niño o como un organismo separado, tal como un Defensor de los niños, provisto de recursos humanos y económicos adecuados y de fácil acceso a los niños, que:
a) controle el cumplimiento de la Convención;
b) trate los reclamos de los niños de un modo adecuado a ellos y expeditivo; y
c) ofrezca soluciones ante la violación de sus derechos según la Convención…»
Nota: el mencionado Documento fue remitido al Sr. Gobernador, Oscar Mario JORGE; a los Ministros de Bienestar Social; y de Cultura y Educación; a los Diputados provinciales de cada uno de los Bloques; a la Comisión Nacional de Seguimiento de la Convención de los Derechos del Niños, entre otras instituciones y funcionarios responsables de la políticas públicas destinadas a la protección y promoción de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes en la provincia de La Pampa.
Puede acceder a la Lectura del Documento completo aquí: http://sandrafonseca.com.ar/DocumentosPDF/publicaciones/nyadolescenciaalaintemperie.pdf
Puede acceder a más información sobre el tema abordado en este artículo aquí: http://sandrafonseca.com.ar/derechos-ninez-y-adolescencia/